En medio de toda la polvareda internacional en torno a las revueltas que están peinando Oriente Medio aún hay espacio para noticias concernientes para lo que ocurre en España. En estos días quizás la noticia que ha dado más que hablar es la polémica nueva normativa de tráfico que limita la velocidad máxima en las autopistas y autovías españolas a 110 km/h.
Desde el primer momento esta medida ha traído bastante polémica, sobre todo en lo que a la finalidad de la medida se refiere.
El Gobierno ha esgrimido como finalidades de la medida la reducción de la contaminación y la reducción porcentual del riesgo de accidentes de tráfico por exceso de velocidad, así como el consecuente ahorro de combustible, aunque eso sí, en pocos casos o en ninguno se produce el ahorro de combustible tan optimista del 15% del que hacía gala el señor Rubalcaba hace unos días.
Por supuesto es verdad que a menos velocidad, se reducen las emisiones de CO2 y el riesgo de sufrir accidentes, por lo que en relación a la seguridad vial y a la conservación del medio ambiente, es una medida positiva.
Pero es conveniente tener en cuenta otros aspectos de esta nueva normativa. A partir de ahora todo aquel que circule por autopista o autovía a una velocidad entre 125 y 140 km/h será objeto de una sanción económica de 100 €, e incluso podrá perder dos puntos del carnet de conducir.
En este aspecto cabría considerar el afán recaudatorio por parte del Gobierno con esta medida, ya que ahora se podrán poner multas yendo a menos velocidad.